DEFENSORA PUBLICA N°15 EN REPR DE FD S/ MEDIDA CAUTELAR AUTOSATISFACTIVA (CON HABILITACION DE DIA Y HORA). Expte. Nº 33821.- Puesto a despacho en fecha 18 de febrero de 2025. Conste.- Dra. Estela Paola de Torres Secretaria Paraná, 18 de febrero de 2025.- Proveyendo el escrito del día de la fecha presentado por la Defensora Pública N°15, y conforma constancias de autos es que; RESUELVO: 1- AMPLIAR la Resolución de fecha 17/02/2025, conforme lo dispuesto infra. 2.-ORDENAR a Análisis Digital, como a todo otro medio de comunicación que proceda a dar de baja y/o eliminar la publicación que ha sido titulada: "SOLO QUIERO QUE MI HIJO SEA FELIZ" y que se abstenga de difundir, nombrar, aludir o exhibir de cualquier manera cualquier noticia que afecte la intimidad del niño F.D., por colisionar dichas publicaciones con su INTERÉS SUPERIOR, bajo apercibimientos de incurrir en desobediencia a la autoridad -art. 239 del Código Penal. La confección y diligenciamiento de los despachos correspondientes quedan a cargo de la peticionante. 3.-REITERAR LA PROHIBICION al Sr. GABRIEL OSCAR DELELIS y a la Sra. JORGELINA SOLEDAD DUARTE, difundir, nombrar, aludir o implicar aunque sea indirectamente al hijo menor de edad, mediante declaraciones y/o publicaciones de cualquier índole - periodísticas, por redes sociales, etc.-, bajo apercibimientos de incurrir en desobediencia a la autoridad -art. 239 del Código Penal-.- Notifíquese CON HABILITACION conforme art. 5 del Reglamento para la Notificación Electrónica y Acordada 15/18 del S.N.E.-

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